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septiembre
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¿IVA ANTES DEL INICIO DE LA ACTIVIDAD?
En su Sentencia de 19 de julio de 2017, el Tribunal Supremo confirma el criterio por el cual un empresario o profesional que tiene intención de comenzar una actividad independiente tendrá derecho a deducirse el IVA soportado sin necesidad de esperar a que ésta comience de manera efectiva. Pero tal derecho se condiciona a que la intención de iniciar efectivamente la actividad se confirme mediante elementos objetivos, es decir, se podrá deducir el IVA de los bienes y derecho adquiridos que sean necesarios para poder iniciar su actividad en un momento posterior, siempre que sean deducibles conforme a la Ley del Impuesto...
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