LA PLUSVALÍA NO DEBERÁ ABONARSE CUANDO HAYA PÉRDIDAS
El pasado 16 de febrero el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en la que estimó parcialmente una cuestión de inconstitucionalidad en relación con varios artículos con la Normal Foral 16/1989, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVITNU) del Territorio Histórico de Guipúzcoa, considerando el citado impuesto contrario al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31.1 CE. La configuración este impuesto, más conocido como el impuesto de plusvalía municipal, grava la revalorización de los inmuebles en el momento de la venta. Sin embargo, su cálculo, que toma como base el valor … Sigue leyendo LA PLUSVALÍA NO DEBERÁ ABONARSE CUANDO HAYA PÉRDIDAS
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