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Ramos-Puras Consultores > Noticias (Página 5)

PASOS A SEGUIR PARA EXTINGUIR UNA SOCIEDAD

Cuando se quiera proceder a la extinción de una sociedad, habrá que seguir una serie de pasos para llegar al cierre efectivo de la misma, a través de estas tres fases: DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN y CANCELACIÓN DE ASIENTOS EN EL REGISTRO MERCANTIL; en caso contrario, la sociedad seguirá activa a efectos del cumplimiento de obligaciones tales como presentar el impuesto de sociedades, entre otras, obligaciones que en caso de incumplimiento podrían causar costes adicionales a los socios y/o administradores en determinados casos.   Para extinguir una sociedad en primer lugar procederemos a la disolución, que si bien no supone la desaparición jurídica de...

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AUMENTO TIPO MÍNIMO DEL PAGO FRACCIONADO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El Real Decreto-Ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, entró en vigor el pasado 30 de octubre, e introdujo un nuevo tipo mínimo para el importe del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.   El objetivo de esta modificación del régimen legal de los pagos fraccionados es aumentar los ingresos públicos para cumplir con el objetivo de déficit público fijado en la Decisión de la Unión Europea 2016/1222 del Consejo, de 12 de julio.   Estas medidas no van a afectar a las Pymes, sino a las empresas cuyo importe neto...

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NOVEDADES IMPORTANTES INTRODUCIDAS POR LA LEY 39/2015

El pasado día 2 de octubre entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quedando por tanto derogada la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.   Queremos destacar dos aspectos en los que incide dicha ley: por un lado, la obligación qua afecta a determinados sujetos de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas; por otro lado, la incidencia en el cómputo de los plazos administrativos.   Dicha ley obliga a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica a relacionarse...

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EL RESUMEN ANUAL DEL IVA (MODELO 390) NO INTERRUMPE LA PRESCRIPCIÓN

En la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) de 22 de septiembre de 2016, se ratifica el derecho de Hacienda a revisar cuatro años, es decir, se reafirma en su criterio sobre la falta de eficacia del resumen anual del IVA en cuanto a la interrupción de la prescripción del derecho de la Administración a determinar la deuda tributaria, a pesar de que el Tribunal Supremo se ha pronunciado en sentido opuesto en algunas sentencias.   El artículo 68.1.c) de la Ley General Tributaria establece que el plazo de prescripción se interrumpe “por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario conducente a...

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DEDUCCIÓN DE LOS GASTOS DEL HOGAR PARA LOS AUTÓNOMOS QUE TRABAJEN EN CASA

Se ha unificado el criterio de aplicación para que los autónomos que trabajen en casa se puedan deducir los gastos de la vivienda.   Tras la reciente resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), con carácter vinculante para las Administraciones Públicas, Hacienda ha reconocido el derecho de los autónomos que trabajen desde su vivienda habitual para deducir la parte de los gastos de agua, luz, gas, teléfono y otros suministros que correspondan al desarrollo de su actividad.   Antes de dicha resolución, los autónomos debían demostrar que los gastos correspondían a la actividad; incluso la Agencia Tributaría podría exigir una factura distinta, lo que...

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RÉGIMEN FISCAL APLICABLE A LA SUCESIÓN DE LA EMPRESA FAMILIAR

Para poder aplicar la bonificación del 95% en la base imponible del Impuesto de Sucesiones, por transmisión de una empresa familiar, establecida en el artículo 20.2. c) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, el Tribunal Supremo ha reiterado (sentencias número 1204/2016, de 26 de mayo y 1776/2016, de 14 de julio) que no se requiere que el heredero sea titular de participaciones de la sociedad al momento del devengo, siempre que se cumpla el requisito de ejercer funciones efectivas de dirección en la empresa y se forme parte del grupo familiar.   El TS recuerda que la finalidad de esta...

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OBLIGACIÓN DE DEPOSITAR LAS CUENTAS ANUALES EN EL REGISTRO MERCANTIL

deposito cuentas

Con este post queremos hacer referencia a la importancia de depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, para evitar la apertura de expedientes sancionadores por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).   De acuerdo con lo establecido en el artículo 279.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital:   “Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, los administradores de la sociedad presentarán, para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social, certificación de los acuerdos de la junta de socios de aprobación de dichas cuentas, debidamente firmadas, y de aplicación del...

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LA JUSTICIA DE LA UE, A FAVOR DE NO DEVOLVER LA TOTALIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO

El Abogado General del TJUE da la razón al Supremo y rechaza la retroactividad total de las cláusulas suelo.   El Tribunal Supremo sentenció hace tres años que las entidades afectadas deberían devolver el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo, pero únicamente a partir de la fecha en que se dictó la STS de 9 de mayo de 2013.   Clientes de Cajamar, BBVA y Abanca (antes NovacaixaGalicia) recurrieron y el caso ha llegado a la Justicia Europea.   En las conclusiones emitidas ayer, el Abogado General Paolo Mengozzi,  propone al Tribunal de Justicia que declare que la limitación en el tiempo de los...

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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2015: NOVEDADES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

El 7 de junio se publicó en el BOE la Orden HAP/871/2016, por la que se aprueban los Modelos 200 y 220 para la Declaración del Impuesto sobre Sociedades, que entrarán en vigor el próximo 1 de julio de 2016 y que son de aplicación para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015. Desde mañana, 1 de julio, se podrán presentar tanto el Modelo 200, para establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, como el Modelo 220 del Régimen de...

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PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES DE RENTA COMPLEMENTARIAS

Si en las declaraciones de renta ya presentadas se ha cometido algún error o se ha omitido algún dato que haya motivado un ingreso inferior o una devolución superior a la procedente, deberán regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria a la originariamente presentada.   Asimismo, también deben regularizarse mediante declaraciones complementarias las pérdidas del derecho a reducciones o exenciones aplicadas en declaraciones anteriores.   Por el contrario, la pérdida del derecho a deducciones se regularizará en la declaración correspondiente al ejercicio corriente, aplicando los correspondientes intereses de demora.   En cuanto a los rendimientos del trabajo en concepto de atrasos, que se disponen de forma...

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