LA DGT CAMBIA DE CRITERIO DECLARANDO EL TURNO DE OFICIO SUJETO A IVA
La contestación a la consulta de la Dirección General de Tributos V0179-17, del pasado 25 de enero ha cambiado el criterio y los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita estarán sujetos al IVA y no exentos, debido a la existencia de jurisprudencia comunitaria en este sentido. La razón por la que la DGT considera sujeto y no exento de IVA estos servicios se apoya en la interpretación de la jurisprudencia del TJUE que señala que tienen carácter oneroso y no obligatorio. La base imponible será el importe total de la contraprestación pagada...
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