APROBACIÓN DEL MODELO 232
Ayer, 30 de agosto, se publicó en el BOE la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Esta declaración informativa comprende la información de operaciones con personas o entidades vinculadas, según lo previsto en el artículo 13 apartado 4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Se deberán separar las operaciones de ingreso y de pago, sin posibilidad de compensaciones entre ellas y se declararán las operaciones por persona o entidad vinculada que agrupen un determinado tipo de operación, siempre que se haya utilizado el mismo método de valoración.
El plazo de presentación del modelo 232, disponible exclusivamente en formato electrónico, será el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar. Pero para los períodos impositivos iniciados en el 2016 y que finalicen antes del 31 de diciembre de 2016, será desde el día 1 de noviembre siguiente a la finalización del período impositivo al que se refiera la información a suministrar hasta el día 31 de noviembre.
En cuanto a los obligados a presentar el modelo 232, se establecen en el artículo 2 de la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto.